sábado, 22 de marzo de 2014

Curso Operador de Carretilla Elevadora en RiCMa Consulting

Los días 20 y 22 de marzo realizamos en nuestras instalaciones el curso de Operador de Carretillas Elevadoras conforme a la norma UNE 58451 que establece la formación de los operadores de Carretillas Elevadoras hasta 10.000 kg.

Agradecemos nuevamente a Mundo Pastel S.L la cesión de sus instalaciones para el desarrollo del curso.
 
Os mostramos algunos ejercicios realizados por nuestros alumnos.

































lunes, 17 de marzo de 2014

Información de alérgenos en bares y restaurantes


El próximo 13 de diciembre de 2014 entrará en vigor el Reglamento Europeo 1169/2011, sobre declaración de ingredientes.

Una de las principales novedades afecta directamente a bares y restaurantes, ya que éstos deberán informar acerca de los alérgenos que puedan contener sus platos.

La ley habla de colectividades en general, y como tales entiende “cualquier establecimiento (incluidos un vehículo o un puesto fijo o móvil) como restaurantes, comedores, centros de enseñanza, hospitales y empresas de suministro de comidas elaboradas en los que, como actividad empresarial, se preparan alimentos listos para consumir, por el consumidor final”.

Deberá informarse adecuadamente de todo plato que se sirve y contenga alérgenos, y si una empresa sirve en un restaurante o en un comedor platos cocinados por terceros, también será responsabilidad suya proporcionar esa información.

Tal como está planteado el Reglamento, la presencia no declarada de un alérgeno en un alimento, se considera un peligro alimentario comparable con la presencia de una salmonella. Como consecuencia, y según la ley vigente, de una mala praxis en este sentido se pueden derivar responsabilidades penales (prisión, multas e inhabilitaciones para profesión, oficio, industria o comercio, según los casos).


Los alérgenos sobre los que hay que informar son los siguientes:
  1. Cereales que contengan gluten: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados.
  2. Crustáceos y productos a base de crustáceos.
  3. Huevos y productos a base de huevo.
  4. Pescado y productos a base de pescado.
  5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
  6. Soja y productos a base de soja.
  7. Leche y sus derivados (incluida la lactosa)
  8. Frutos de cáscara, es decir: almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, alfóncigos, nueces macadamia o nueces de Australia y productos derivados.
  9. Apio y productos derivados.
  10. Mostaza y productos derivados.
  11. Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
  12. Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro en términos de SO2 total, para los productos listos para el consumo o reconstituidos conforme a las instrucciones del fabricante.
  13. Altramuces y productos a base de altramuces.
  14. Moluscos y productos a base de moluscos.

 
Los establecimientos hosteleros deberían comenzar ya a adaptarse a esta normativa, formando a su personal para garantizar una correcta manipulación, y estudiando las posibilidades de ofertar con seguridad menús sin alérgenos, diseñando un plan de control de la gestión de alérgenos, para no poner en riesgo, no sólo la salud de los consumidores, sino la marca y la propia empresa.


¿Cree que su establecimiento va a estar preparado? Si necesita ayuda, no dude en consultarnos, le informaremos y asesoraremos acerca de como estar al día en esta materia. Llámenos al 965549389 o escríbanos un correo: consultas@ricmaconsulting.com.